El Gobierno presentó hace unos días el Plan de impulso de la automoción con el que quiere animar tanto a la industria como a la compra de vehículos. Además de ello, pretende impulsar la compra de coches eléctricos y de híbridos enchufables sobre otras opciones. Pero también los vehículos de combustión cuentan también con subvenciones, siempre que sean eficientes.
Este nuevo Plan Moves (Movilidad Eficiente y Sostenible) cuenta con 100 millones de presupuesto, una cantidad bastante elevada, que contrasta con los 45 millones que tuvo la anterior edición en 2019. Los fondos proceden fondos que de líneas presupuestarias asignadas al Instituto para el Ahorro y la Diversificación de la Energía (IDAE), que depene del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas difieren en función del tipo de solicitante (particulares, autónomos o ayuntamientos, por un lado y empresas, por otro). También en función del tipo de vehículo, que puede tener un precio máximo para poder contar con la ayuda.
Turismos
La ayuda puede alcanzar los 5.500 euros si se da de baja un vehículo de más de siete años, mientras que en caso de no dar de baja ningún automóvil, la cuantía será de 4.000 euros. El propietario de ese vehículo ha de ser quien realiza la compra, o de un familiar cercano.
A estas ayudas hay que se sumar 1.000 euros adicionales que aportarían los fabricantes, algo que especifica el Gobierno, por lo que la ayuda podría alcanzar los 6.500 euros.
Motor | Autonomía | Límite precio vehículo | Ayuda | |
Sin baja | Con baja | |||
Hidrógeno | – | – | 4.000 € | 5.500 € |
Eléctricos
Híbridos enchufables |
≥ 30 y < 90 km | 45.000 € (53.000 € los de 8 plazas para ONG y Admon) |
1.900 € | 2.600 € |
≥ 90 | 4.000 € | 5.500 € |
La amplia mayoría de híbridos enchufables tendrán unas ayudas entre 1.900 y 2.600 euros. Son muy pocos los vehículos con esta tecnología que superan los 90 km de autonomía. Pueden interesarte nuestras guías de compra para tomar la decisión
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Las ayudas a coches convencionales e híbridos (etiqueta ECO) indican que, si el coche que se achatarra tiene más de 20 años, el comprador tiene movilidad reducida, o si pertenece a un hogar con unos ingresos mensuales inferiores a los 1.500 euros, la subvención se amplía en 500 euros más. En estos vehículos no existen estos supuestos.
Furgonetas y vehículos comerciales
En este tipo de vehículos no hay diferencia de la cuantía de la ayuda en función de la tecnología que emplean, siempre que tengan más de 30 km de autonomía eléctrica. No hay límite de precio del vehículo y, en el caso de las furgonetas, se incentiva el achaterramiento.
Tipo | Autonomía (km) | Ayuda | |
Sin baja | Con baja | ||
Furgonetas | ≥ 30 | 4.400 € | 6.000 € |
Mini bus y furgón | – | 8.000 € | —- |
Camión, autobus | 15.000 € | —- |
Se trata, además, del único caso donde se contamplen ayudas a la compra de vehículos de GLP o de GNC… pero sólo vehículos pesados. No entran coches de GLP ni coches de GNC (que ya reciben ayuda en el precio sibvencionado del combustible.
Motor |
Tipo | MMTA | Ayuda |
GLP o bifuel | Furgones | – | 3.600 € |
Camiones | < 18.000 | 5.400 € | |
≥ 18.000 | 13.500 € | ||
GNC o bifuel | Furgones | – | 4.500 € |
Camiones | < 18.000 kg | 6.300 € | |
≥ 18.000 kg | 13.500 € |
Otros vehículos
Los cuadriciclos y motocicletas eléctricas serán objeto de ayudas de entre 600 y 800 euros, como indicamos en este cuadro a continuación. No hay obligación de achatarrar en este caso.
Tipo | Autonomía | Límite precio | Ayuda |
Cuadriciclo ligero | – | 600 € | |
Cuadriciclo pesado | 800 € | ||
Motos ≥ 3kW | ≥ 70 km | 10.000 € | 750 € |
Beneficiarios de las ayudas
Se podrán acoger a este paquete de incentivos los autónomos, personas físicas, comunidades de propietarios, entidades locales y entidades públicas vinculadas a ellas, administraciones de las comunidades autónomas y otras entidades públicas vinculadas a la Administración General del Estado.
También las empresas, pero sus ayudas son ligeramente inferiores según sean PYME o Gran Empresa, dado que las ayudas están sujetas al Reglamento Europeo relativo a exención, respecto a las ayudas de Estado, a ciertas categorías (Reglamento (UE) no 651/2014 de la Comisión)